Introducción al Contrato de Franquicia en México

Introducción al Contrato de Franquicia en México

Antecedentes en México

La ahora derogada Ley sobre Control y Registro de la Transferencia de Tecnología y el Uso de Explotación de Patentes y Marcasera la Ley aplicable para lo que hoy en día se conoce como Franquicia como se verá más adelante, esta Ley estuvo vigente desde el 11 de enero de 1982 hasta 1991 y en cuyo periodo pasaba el siguiente fenómeno: Las empresas extranjeras deseaban vender en México sus productos pero en aquella época no había la apertura que se dio en 1994 a la Inversión Extranjera en México, por lo que tenían que optar por buscar empresas que se dedicaran a lo mismo que ellos otorgando “representaciones comerciales” lo cual era una forma de invertir en México a manera de Franquicia, porque Licenciaban la Marca al representante en México y le decían como usarla, el problema que tenían estas empresas extranjeras es que si no contaban con el registro según la Ley mencionada no podían deducir pagos al extranjero, era difícil obtener un registro porque se tenía que justificar que en efecto había transferencia de tecnología y como la Ley no era clara lo que pasaba es que quedaba al arbitrio de la autoridad su registro, sin necesidad de justificarlo legalmente.

Se tiene la falsa creencia de que en México las Franquicias comenzaron con los hoteles Howard Johnson, Kentucky Fried Chicken y Mc Donalds, pero no fue así, si tomamos en cuenta que desde 1982 las empresas extranjeras ya venían haciendo este tipo de operaciones en que existía marca y know how los cuales como se verá más adelante son requisitos para que exista la Franquicia.

Posteriormente la Ley de la Propiedad Industrial abrogó dicha Ley definiendo en el artículo 142 a la Franquicia, permitiendo así su libre desarrollo y además se publicó la Ley de Inversión Extranjera de 1994 en la que ya se da libre entrada a la mayoría de actividades comerciales a la inversión extranjera.

El Contrato de Franquicia hasta antes de enero de 2006 era un Contrato Nominado Atípico, porque la Ley de la Propiedad Industrial lo definía en el artículo 142 pero no había mayor regulación, esto dio lugar a que las empresas pudieran convenir lo que consideraran que era la Franquicia.

Clasificación: Bilateral (Sinalagmático Perfecto); Oneroso por regla general o Gratuito por excepción; Conmutativo por regla general, Aleatorio por excepción; de Tracto Sucesivo; Nominativo; Típico; Principal o Accesorio (en el caso de Joint Venture).

La problemática principal del Contrato de Franquicia es precisamente que antes de enero de 2006 es que la Ley solo lo definía pero no detallaba cuales eran las características del mismo, por lo que era un Contrato atípico, esto dio lugar a que cada quien hiciera de la Franquicia lo que le parecía.

La clave está en que el Artículo 142 dice “Hay Franquicia cuando……..”, es decir es cuando la voluntad de las partes se adecúa a dicha situación, no cuando las partes tienen la intención, por lo tanto atendiendo al principio de interpretación de los Contratos si en el encabezado del Contrato dice “Contrato de Licencia de Uso de Marca” pero el objeto indirecto del Contrato es la transmisión de licencia de uso y know how entonces se atendrá a la reglamentación de la Franquicia.

Fórmula para saber si hay Franquicia:

Licencia de Uso de Marca (registrada o en trámite) + Transmisión de Conocimientos o Asistencia Técnica (cualquiera de las dos) = Franquicia

Caso real en que no hay Franquicia: Las Tortas Hipocampo otorgan solo la Licencia de Uso de Marca, transmisión de conocimientos o asistencia técnica, por eso no hay uniformidad en los productos que ofrecen al público, una torta hawaiana del local de san jerónimo lleva piña y la de Polanco no.

Haciendo uso de esta formula la Franquicia es aplicable a cualquier negocio, los más conocidos son los del comercio como Mc Donalds pero no quiere decir que todos sean iguales, hay muchas Franquicias que no están disponibles al público en general, por lo que este Contrato es aplicable a cualquier comercio, desde hoteles hasta taquerías.

Registro del Contrato de Franquicia

Es registrable el Contrato de Franquicia porque se encuentra en el capítulo de transmisión de derechos en la Ley de la Propiedad Industrial, pero el registro no hace a la franquicia por eso no entra en la “fórmula para saber si hay Franquicia”.

Como cualquier contrato de Licencia de Uso de Marca el registro es para tener “efecto contra terceros” pero si no está registrado no quiere decir que no exista Franquicia o que la Ley no lo reconozca, en este aspecto el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) al momento de registrarlo debe verificar que la marca ya se encuentre registrada y que la forma del Contrato cumpla con los requisitos de la Ley, pero no puede alegar cuestiones de fondo.

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